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El TSJPV insta a un exconcejal de Durango a rehabilitar un edificio histórico de Zaldibar

El edificio que alberga los números 7, 8 y 9 de la plaza Zaldua.
El edificio que alberga los números 7, 8 y 9 de la plaza Zaldua.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha fallado a favor del Ayuntamiento de Zaldibar en un litigio que mantiene desde hace casi 6 años con el exconcejal de Durango Juanjo Gastañazatorre. La sentencia rechaza la pretensión del durangarra de declarar en ruinas un edificio histórico que posee en la localidad y le obliga a efectuar las tareas de rehabilitación en un plazo máximo de seis meses.

El proceso comenzó el 18 de octubre del 2010, cuando el Consistorio zaldibartarra dictó un decreto que instaba a Gastañazatorre a rehabilitar, en un plazo de dos meses, la fachada y cubierta del número 9 de la plaza Zaldua, ubicado en un edificio con protección especial del casco histórico.

Año y medio después, en vista de la no ejecución de las obras, el Ayuntamiento recibió el permiso judicial para acceder al edificio y que un perito redactase un proyecto de rehabilitación. Paralelamente, Gastañazatorre solicitó que se declarase en ruina la finca 125 que corresponde a los portales 7, 8 y 9.

“Es uno de los edificios más antiguos de Zaldibar y, aparte de su valor histórico, consideramos que no era necesario su derribo, sino ejecutar las labores de rehabilitación”, declaró la alcaldesa del municipio, Arantza Baigorri, tras el pleno celebrado ayer.

Sentencia pionera a nivel estatal

Tras una serie de apelaciones interpuestas por el propietario, el pasado 9 de marzo el Tribunal dictó una sentencia, contra la que no cabe recurso, que da la razón al Ayuntamiento y obliga a Gastañazatorre a comenzar las tareas de rehabilitación. Éstas no sólo afectan al inmueble inicial, sino también a los números 7 y 8 de la plaza Zaldua, de los que también es propietario. Asimismo, “debido al paso del tiempo y el deterioro sufrido, también habrá que ejecutar reformas en el interior de los inmuebles”, anunció Baigorri.

La alcaldesa destacó la importancia de la sentencia, “primera a nivel estatal en la que se da la razón en un caso de solicitud de ruina como este”, aseguró. “Hasta ahora, se podía declarar en ruina un edificio si las obras de rehabilitación superaban el 60% de su precio de mercado rebajado por la depreciación del estado del mismo. Ésta era una cantidad muy fácil de alcanzar y se producían casos de abandono con motivos especulativos”, denunció.

En el caso de Zaldibar, “ese 60% se toma del precio que costaría la construcción de una vivienda nueva en ese solar”. A partir de la publicación de la sentencia, el propietario dispone de dos meses para comenzar las obras y seis meses para finalizarlas.

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2 Comentarios

  1. tximista

    Me alegro enormemente, al que le gusta disfrazarse de la Legión Condor le va a salir la bromita un ojo de la cara, por listo. No estaría de más que también explicase de donde sacó tan tremendo patrimonio, aunque algunos ya lo sabemos.

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