
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha condenado a la Residencia Igurco-Orue, concertada de la Diputación de Bizkaia, por vulneración del derecho de huelga tras una demanda interpuesta por ELA. La sentencia también establece que el centro asistencial debe abonar una indemnización de 16.179,15 euros.
Según explica el sindicato, las trabajadoras de esta residencia, ubicada en el barrio San Miguel de Amorebieta que cuenta con 60 empleadas y capacidad para 120 residentes, secundaron de manera «mayoritaria» la huelga que comenzó mes en marzo de 2016 y que finalizó el 27 de octubre de 2017 «con un gran acuerdo».
Durante el desarrollo de la huelga, y pese a que los servicios mínimos fueron del 90%, la empresa contrató a trabajadores y trabajadoras sin vinculación con la empresa para sustituir a las que estaban en huelga, un hecho «que está expresamente prohibido por el art. 28.2 de la CE y el art. 6.5 del RD 17/1977».
Ante esta «grave actuación de la dirección de Igurco-Orue», ELA interpuso una demanda al entender que se estaba vulnerando un derecho fundamental como es el de huelga.
Intento de «invisibilizar» la huelga
El TSJPV ha dado la razón al sindicato y ha considerado que la decisión de la residencia supuso una vulneración del derecho de huelga, por lo que «declara nula la conducta de la empresa y le condena a cesar en su comportamiento y a indemnizar al sindicato y a las trabajadoras» afectadas. Concretamente, la sentencia condena a la dirección de Igurco-Orue al pago de una indemnización de 16.179,15 euros.
A juicio de ELA, esta nueva sentencia «deja en evidencia» lo que ya denunciaron durante los 370 días de huelga: el intento de las patronales y de la Diputación de Bizkaia «de anular de manera sistemática» este derecho para tratar de «invisibilizar» las consecuencias de estos paros.
«Lo han intentado por todos los medios, pero la organización y la lucha digna de las trabajadoras del sector ha hecho posible un gran logro sindical y social», concluyen desde el sindicato.