La legislación vigente establece una criba muy fina a la hora de aceptar el voto de los emigrantes que trabajan, residen y pagan sus impuestos en nuestro mismo municipio, en Euskadi y en el Estado español.
Hace distinciones entre emigrantes procedentes de Latinoamérica, de los países árabes, de otros países. Admite más fácilmente el voto en elecciones municipales que en las autonómicas o las de ámbito estatal. A veces, ciudadanos marroquíes que tienen también ciudadanía española se acercan a pedir información o, más directamente, a pedir los sobres y las papeletas para votar.
Pero no son solo los marroquíes, más cercanos a nuestro país. A veces se constata en otros muchos una voluntad firme de conseguir la nacionalidad española, de aprobar el examen que deben pasar para lograrla, de votar. El derecho a voto sería la culminación de esa soñada «integración» que desean ellos y dicen desear las instituciones estatales, autonómicas y municipales.
Seguro que a nuestro alrededor se mueven muchos de ellos que tienen el derecho de voto, pero no lo saben, se pierden en los recovecos de los requisitos y reglamentos que regulan el ejercicio del voto.
Dicen que se ganan más amigos con una gota de miel que con un barril de vinagre. Que es mejor rodearse de amigos que de enemigos.
En todo caso, existe una Declaración de derechos humanos que incluye el derecho de toda persona a emitir y hacer respetar su opinión sobre los temas de interés público.