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Durango aprueba la primera ordenanza para regular el uso de patinetes eléctricos en la vía pública

El Pleno Durango ha aprobado de forma inicial la primera ordenanza municipal que regula el uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como los patinetes eléctricos y los de tracción humana, como los monopatines y patines. La propuesta ha contado con los votos a favor de EAJ-PNV, PSE-EE y PP, mientras que EH Bildu se ha abstenido y Herriaren Eskubidea la ha rechazado.

La ordenanza estará en exposición pública durante 15 días para que la ciudadanía pueda presentar alegaciones. Después, se aprobará de forma definitiva y entrará en vigor.

Debido al auge del uso, el Ayuntamiento de Durango cree prioritario establecer un marco normativo “claro y actualizado” que garantice la convivencia armoniosa entre todos los modos de desplazamiento y preserve la seguridad vial, el orden en el espacio público y los derechos de todas las personas.

La ordenanza considera que son vehículos de movilidad personal aquellos de una sola plaza, con una o más ruedas, movidos por motor eléctrico y con una velocidad comprendida entre los 6 y 25 km/h. También hace referencia a vehículos sin motor, como patines o monopatines. La normativa distingue dos tipos principales de VMP: los VMP de transporte personal, como los patinetes, y los VMP de transporte de mercancías, como los vehículos destinados al transporte de carga, que no pueden llevar pasajeros.

La normativa establece varias reglas de circulación para garantizar la seguridad vial. La edad mínima para circular es de 14 años y es obligatorio el uso de casco y luces por la noche. Además, se prohíbe circular con pasajeros, auriculares, o bajo los efectos del alcohol o drogas.

También está prohibido circular por aceras, parques, plazas, pasajes peatonales (salvo si se empuja el VMP), túneles y vías interurbanas. En zonas peatonales habilitadas, la velocidad máxima será de 10 km/h y se deberá mantener una distancia de al menos 1 metro con las personas. Los carriles bici estarán habilitados para la circulación de VMP a una velocidad máxima de 15 km/h.

Para evitar molestias a las y los peatones, la normativa establece que los VMP deben aparcarse en espacios habilitados o en zonas destinadas a bicicletas o motos. En las aceras, se podrá aparcar siempre que haya al menos 3 metros libres y se respete una distancia de 2 metros al bordillo. Está prohibido aparcar en accesos a edificios públicos, centros escolares, centros sanitarios, zonas de carga y descarga, paradas de transporte público o taxis, y en elementos del mobiliario urbano como bancos, marquesinas o señales.

Periodo de prueba

La Policía Municipal podrá inmovilizar o retirar un VMP en caso de que suponga un riesgo para la seguridad vial, si carece de los requisitos técnicos (como luces o frenos), o si no tiene la homologación requerida. También se podrá inmovilizar o retirar si el conductor está bajo los efectos del alcohol o drogas, si circula fuera de las zonas autorizadas o sin la documentación obligatoria, o si no se puede identificar al propietario del VMP. Todos los gastos derivados de la retirada correrán a cargo del propietario del VMP.

Se llevarán a cabo campañas informativas y, durante varios meses, se realizará un periodo de prueba sin sanciones, con el objetivo de sensibilizar a la ciudadanía.

Sanciones

La nueva ordenanza establece multas que varían según la gravedad de la infracción. Las infracciones leves tendrán una multa de 100 € e incluyen el hecho de conducir sin la edad mínima, sin luces o con pasajeros. Las graves tendrán una multa de 200 €, y comprenden el uso de auriculares, conducir por zonas prohibidas o tener una actitud negligente.

Por último, las muy graves se sancionarán con multas que van de 500 € a 1.000 € y abarcan la conducción temeraria o bajo la influencia de sustancias. Además, se sancionará con 1.000 € a quien se niegue a realizar pruebas de detección. En el caso de que el conductor o la conductora sean menores de edad, la responsabilidad recaerá sobre sus tutores legales.

 

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8 Comentarios

  1. Gregoria

    No queda muy claro el asunto de los patines, los skates y los patinetes sin motor. ¿Podéis aclararlo? Porque decís que se regulan, pero después, os centráis en los de motor. ¿Tampoco van a poder circular en parques ni aceras? ¿También va a ser necesario tener más de 14 años para poder patinar? ¿Los niños y niñas ya no van a poder patinar en la calle ni en los parques? Esperemos que esto no sea así, porque varias generaciones hemos crecido de esa manera y educado a comportarse de manera cívica sobre patines. Los patinetes eléctricos son un problema, pero un niño con patines en línea nunca lo ha sido en nuestro municipio. Aclaradlo, por favor.

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  2. Hasta el gorro de pisar “txorokiles”

    A ver para cuando una ordenanza para dueños de perros. Cada vez hay más en Durango, y los “txorokiles” y meadas de perro en las calles son cada vez más habituales. Se ha avanzado mucho en sus derechos (hay más zonas de esparcimiento para perros que zonas de ocio para niños o mayores), pero muy poco en sus obligaciones.

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    1. Carlos

      Entiendo lo que dices, pero el problema no son los perros, sino algunos dueños que no cumplen. Los que amamos y cuidamos a los animales queremos lo mismo que tú: calles limpias y convivencia. Y te aseguro que a nadie que sea responsable le hace gracia ver “txorokiles” o meadas en todas partes.

      Pero también hay que tener perspectiva: los perros forman parte de muchísimas familias y necesitan espacios, igual que los niños, los mayores o cualquier ciudadano. Que haya zonas para ellos no significa que se les dé más derechos, sino que se ordena su uso del espacio para evitar precisamente los problemas que comentas.

      Solución: más civismo, más multas para quien no cumpla y más educación. Señalar a los perros o querer quitarles espacios no arregla nada; exigir responsabilidad a quien no cumple, sí.

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  3. edy

    Y con respecto a los seguros ? En otras zonas es obligatorio tener un seguro para poder circular.

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    1. Betikoa

      El seguro de responsabilidad civil te cubre.

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      1. aupahi

        Si, te cubrirá, pero si lo tienes…

        La pregunta va encaminada a saber si te obligan a tener un seguro para poder circular con los VMP.

        Yo he intentado encontrar la ordenanza en la pagina web del ayuntamiento para aclarar ciertas dudas pero no he sido capaz.

        Estaría bien que la publicaran en la web para poder analizarlo, pone que tiene que estar en exposición pública, pero no sé donde.

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          1. Betikoa

            Yo tambien te quiero.

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