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Divorcios privatizados

Parece que el temporal de nieve y frío polar más duro de la última década, va a ser capaz de eclipsar alguna de las últimas ocurrencias de los nuevos ministros, y la enésima metedura de pata de la Consejería de Sanidad del Gobierno Vasco, entre otras cosas.

Porque, desde luego, el flamante nuevo titular de la cartera de Justicia, Ruiz Gallardón se descolgó hace pocos días con un planteamiento (u ocurrencia) que, cuando menos, sorprendió a propios y extraños. Todos hemos escuchado, y algunos padecido, el colapso que atenaza los juzgados y tribunales. Y nadie duda, a estas alturas, que sería deseable que la administración de Justicia resultase más ágil para ganar en eficacia.

Pero de ahí a proponer, como medida de descongestión judicial, que matrimonios y divorcios de mutuo acuerdo se tramiten ante los notarios, media un mundo. Vale que registros y notarías han visto, como consecuencia inmediata de la crisis, notablemente disminuida su actividad, y que, desde luego, los notarios podrían dar fe, perfectamente, de que unos cónyuges han ratificado un convenio regulador de los efectos de la disolución de su vínculo matrimonial. Lo que, sin embargo, no comparto, es que esta privatización parcial de un servicio público esencial, fuera a contribuir al efectivo desahogo en la actividad de los juzgados, más allá de una módica reducción de sus costes de funcionamiento.

De hecho, y de entrada, no podría extenderse a aquellos divorcios que implicasen efectos relativos a menores, en los que los intereses de éstos deberían estar salvaguardados, como en estos momentos, mediante la intervención del Ministerio Fiscal. Lo que sucede es que este tipo de controversias son, además de estadísticamente mayoritarios, los más complicados, y los que exigen una mayor dedicación de tiempo para su resolución.

A ello debemos sumar dos cuestiones adicionales. Por un lado, que actualmente, las sentencias que dictan los juzgados no generan para las partes el deber de pagar tasas judiciales adicionales derivadas de su actividad. O sea, que pagan exclusivamente a los profesionales que los representan: abogados y procuradores. Ignoro a cuánto ascendería el arancel que el gobierno fijase en favor de los notarios que homologasen estos convenios reguladores, pero, desde luego, imagino que que no serían gratuito. Y a nada que para llegar a los términos del convenio las partes hubieran precisado de asistencia letrada, el coste total del procedimiento podría dispararse lo indecible, como todo servicio privado que se precie.

Claro que, y esto me conduce hasta la segunda de las reflexiones, tal vez se trate, en realidad, de disminuir el gasto público y al mismo tiempo reactivar la actividad de un colectivo profesional, el de los notarios, lo cual no estaría mal, si no fuera porque ocurriría en detrimento de los intereses de los procuradores de los tribunales y de los abogados.

Por cierto, ¡Cómo cambian las cosas de unos lugares a otros! Hace apenas una semana, teníamos a los notarios italianos en plena huelga, precisamente porque el gobierno transalpino pretende, como ocurriera hace no demasiados años en el ámbito de la Unión Europea con los corredores de comercio, que los abogados puedan concurrir con los notarios en el ejercicio de sus actividades, y que sean los usuarios los que elijan acudir a unos u otros en función de sus tarifas, que no sería preestablecidas, sino de libre determinación.

Qué quieren que les diga. Al fin y al cabo no dejo de ser una parte interesada en este debate, pero supongo que la virtud debería encontrarse en un difuso término medio que, por otro lado, lleva instaurado y operativo más de un siglo.

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