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El TSJPV impide al Gobierno vasco limitar los encuentros a 6 personas

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado que el Gobierno vasco pueda limitar a seis personas los encuentros sociales en lugares públicos y privados de Euskadi. El fallo judicial considera que esta medida vulnera derechos fundamentales y no tiene cobertura legal.

Esta es una de las medidas que habían sido incluidas en la orden del Departamento de Salud con nuevas restricciones para evitar la propagación del coronavirus.

El Gobierno vasco estaba a la espera de la validación por parte del TSJPV de la limitación de las agrupaciones de diez a seis para publicar su nueva orden en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) y que esta entre en vigor.

En ella se establece la reducción de aforos al 50% en toda la hostelería (salvo terrazas), eventos culturales o eventos religiosos, y la limitación de asistencia en eventos a un máximo en interiores de 400 personas y de 600 en exteriores.

Además, decreta el horario de cierre de la hostelería a las 24.00 horas, y prohíbe la actividad en txokos y sociedades. El horario de clausura de parques, jardines y uso de parques infantiles se establece hasta las 23.00 horas, y se suspenden las competiciones de deporte no federado.

Tras la resolución del TSJPV, el Gobierno vasco no podrá incluir en su orden la prohibición de limitar las agrupaciones de personas de diez a seis personas. De esta forma, se mantendría “la recomendación”, que no obligación, de que los encuentros sociales sean como máximo de seis personas.

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